2000-09-28.EL MUNDO.VILLAPALOS
Publicado: 2000-09-28 · Medio: EL MUNDO
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ARCHIVADA LA IMPUTACIÓN DE MAYOR EN SUS DOS CAUSAS PENDIENTES EL MUNDO. 28/09/2000. Página, 4 RAQUEL SANTOS MADRID.- El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha archivado la imputación del consejero de Justicia y Administración Local, Carlos Mayor Oreja, en el caso Complutense, en el que aparece también como imputado el titular de Educación, Gustavo Villapalos, y en el referido a un presunto vertido de lodos en Perales del Río «por no ser los hechos que se le imputan constitutivos de infracción penal alguna». Mayor se libra de dos asuntos que empañaban su situación como consejero fuerte del Ejecutivo de Ruiz-Gallardón. El presidente, por su parte, tiene un doble motivo para sentirse feliz ya que la semana pasada, el TSJ hizo pública también la exculpación provisional de su actual consejero de Sanidad, José Ignacio Echániz, en el caso Funeraria. Respecto al caso Complutense, el Tribunal razona que ampliar como imputado en el caso a Mayor Oreja es «intrascendente» porque las partes acusadoras no han instado que el procedimiento se dirija contra él y contra Manuel Garrido y Antonio García-Trevijano «y respecto de quienes el ministerio fiscal solicita expresamente el archivo». El TSJ estima que la imputación de los tres es «irrelevante y que, de oficio y a instancia de uno de los imputados, se adoptó en el irregular discurrir de la causa». El Tribunal ordena el traslado de las actuaciones al fiscal para que solicite la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación, el sobreseimiento de la causa o la práctica de diligencias. Los hechos que se le imputaban se remontan a 1995, cuando Villapalos, como rector de la Complutense, y Mayor, jefe de su asesoría, abonaron 30 millones de pesetas a un catedrático en reparación de daños morales. La segunda causa se refiere a la querella que interpuso la asociación Nuevo Perales en julio de 1997 por un presunto delito ecológico y de prevaricación. Tras escuchar la declaración del actual consejero, el Tribunal estima archivar la causa por no ser los hechos que se le imputan constitutivos de infracción penal.