1997-03-13.ABC.TEORIA DE LOS TRES PODERES.MARTIN MIGUEL RUBIO

Publicado: 1997-03-13 · Medio: ABC

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ABC  Pág. 40 

TRIBUNA ABIERTA 

JUEVES  13-3-97 

L A ya clásica teoría 

de los tres poderes 
del Estado no  es 
una  «idea política» -no 
en  sentido  humeano-
que nazca de los grandes 
pensadores de la Edad Moderna, sino que no 
sólo hunde sus raíces sino que también se desa 
rrolla rutilante  en la práctica  durante el lla 
mado Mundo Clásico. 

Todo el pensamiento pob'tico que la especie 
humana ha producido surgió como terapia a lo 
que el viejo Platón, en el Libro in  de «Las Le 
yes» (691 a), ayudado por el jovenzuelo Filipo el 
opuntio, denominó «la enfermedad  de los re 
yes» (ton basileon  nosema). Y toda  la inge 
niería  institucional  del Estado ideada  nació 
como remedio o acesia a la curación de esa en 
fermedad  de reyes que el viejo Platón  calificó 
de «extremadamente  grave» (tés megistes nó-
sou). 

Esa  enfermedad  infecta  y contagia  (plé-
rotheísa) la mente de todo hombre que ostenta 
un poder político, cebándose sobre todo en los 
que tienen el mayor poder. Tan terrible enfer 
medad consiste en que el poder infecta la san 
gre de todo el que lo tiene, de suerte que llega a 
ser  el poder en  sí quien  domina  al  agente, 
quien esclaviza al que lo ostenta, escapándose 
por completo del control  de éste  como ente 
autónomo. Es así que  el actante (el rey) se hace 
paciente de su instrumento, y el término mar 
cado (el poder) se hace actante, y la enferme 
dad reina sobre el rey. Esta misma idea la vis 
lumbró Martín Heidegger en su penetrante co 
mentario  al  segundo  «stásymon»  de  la 
«Antígona» de Sófocles. Sófocles, a través del 
Coro, nos señala que el hombre es un ser mara 
villoso y terrible («deinós»), tan maravilloso y 
terrible como un dios. Y no se diferencia de los 

E N la  lucha  de ex 

terminio empren 
dida  hace  algún 
tiempo, la Sociedad Ge 
neral de Autores de Es 
paña  ha  propinado  un 
nuevo golpe a sus jubüados. 

TEORÍA  DE  LOS  TRES  PODERES 

Por Martín-Miguel  RUBIO ESTEBAN 

dioses por el poder -pues precisamente por su 
poder  es igual a los dioses- sino porque no 
tiene  capacidad  para  controlar  dicho poder, 
que con frecuencia le lleva al mal. 

Contra esta enfermedad  diagnosticada  por 
Platón, las ciudades griegas tenían dividido el 
poder, terrible y contagioso, en tres 
poderes más pequeños, siendo la 
enfermedad  voraz de cada uno la 
medicina para los otros dos. Cada 
República lo hizo a su modo. Así, 
en Esparta, el poder se despedaza 
en una doble línea de reyes, vein 
tiocho gérontes (Senado) y los éfo-
ros.  En Atenas, con la tríada insti 
tucional Ekklésía-Boulé-Héliaia. 

Pero también Roma supo comba 
tir la enfermedad  de los reyes. Me 
diante  tres  procesos  electorales, 
más o menos sincronizados, abso 
lutamente distintos en todo (cada 
uno de estos tres procesos electora 
les tenía hasta su propia ley electo 
ral),  Roma instauraba tres poderes 
en el Estado hostiles entre sí e im 
prescindibles para la Repúbhca. Ni las leyes 
podían recibir sanción, ni los magistrados ser 
elegidos fuera de los comicios, y como todos los 
ciudadanos estaban inscritos en una curia, en 
una centuria o en ima tribu, nadie estaba ex 
cluido del sufragio, siendo por consiguiente el 
pueblo verdadero soberano de hecho y de dere 
cho.  Con los comicios por centurias -en donde 
las clases más menesterosas tenían una muy 

M-M. Rubio Esteban 

EXTERMINIO  DE  JURILADOS 

Por Francisco del VALLE 

En el último párrafo  de la carta que la ge 
rente  de Organización  y Recursos  Humanos 
les envía con fecha 20 de enero pasado se con 
densa la prepotencia a la que aludí en otra oca 
sión (ABC  12-9-96. «No ha sido Aznar») y la im 
pudicia del atropello. Dice así el citado párrafo 
de dicha carta: «Igualmente debo comunicarle 
que el convenio colectivo para los años 1997 y 
1998 ha suprimido respecto al personal pasivo, 
la denominada "Disposición adicional primera 
del convenio colectivo que se venía abonando 
al mismo, en virtud  de lo establecido  en los 
convenios colectivos precedentes"». Increíble 
pero cierto. En el convenio para 1997 y 1998 la 
SGAE suprime el abono de algo «que se venía 
abonando al mismo (al personal pasivo) en vir 
tud de lo establecido en los convenios colecti 
vos precedentes». Creo que es la primera vez 
que se produce un  convenio colectivo regre 
sivo. 

Dije otra vez y repito ahora, porque es con 
veniente, que la SGAE se convirtió en la dé 
cada de los 80 en feudo de Ferraz donde se dis-, 
puso el asalto de la cúpula que coparon Anto 
nio  Santillana  (hoy consejero  de RTVE en 
representación del PSOE) que ocupó la Direc 
ción General; el célebre comandante Otero.; 
Moscoso, hoy miembro del Consejo del Poder 
Judicial, por el PSOE, que ocupó simultánea 
mente los cargos de secretario general y jefe 
de la Asesoría Jurídica, y, más tarde, Estrella 
P. de la Fuente, que fue nombrada gerente de 

Organización y Recursos Humanos. Todos es 
tos forasteros  catapultados  desde Ferraz dis 
frutaron  o disfrutan  de contratos millonarios 
y blindados. El equipo de progresistas feüpis-
tas inició el exterminio de los jubilados de la 
SGAE a los cuarenta y cinco días de que José 
María Aznar  ganara  las elecciones. Estrella 
ammciaba a los 249 jubilados un recorte de los 
complementos de pensión  que venían perci 
biendo en cimiplimiento de lo dispuesto en el 
artículo 80 del Reglamento de Régimen Inte 
rior  y en los sucesivos convenios colectivos. 
Añadía Estrella en su carta que la SGAE «bus 
caría "fórmulas alternativas"». Dos meses des 
pués, la rebaja drástica de esos complementos. 
Quieren los que mandan hoy en la Sociedad 
de Autores justificar estos atropellos en las di 
ficultades  econónücas de la Sociedad. Hay que 
aclarar que el eqiüpo que la ha Devado a esas 
dificultades -si es que existen- heredó lo que 
se dice una pera en dulce ya que la gestión de 
los equipos anteriores hizo posible que al 31-
12-86 se registrara un «ahorro para la SGAE de 
2.497 millones de pesetas». Así se dice en el in 
forme «Situación complementos de pensiones 
de personal al 31-12-86, página 4». 

Se han  sucedido desde entonces,  efectiva 
mente, despilfarres  de los que informaré  en 
otra ocasión, en forma de remuneraciones mi-
llonarias, contratos  blindados y «negocios» 
que si fueron  ruinosos para la Sociedad resul 
taron muy rentables para algunos amiguetes. 
Adelanto un botón de muestra: 25.000 pesetas 

escasa  influencia  de 
bido al orden en las vo 
taciones- se elegía  al 
Poder Ejecutivo (cónsu 
les,  censores, y demás 
magistrados  dignos de 
sentarse en una  silla curul). Con los comicios 
por tribus -en donde Jos senadores, los más  ri 
cos,  no votaban- se elegía a los tribunos y se 
aprobaban las leyes. Es decir, las tribus elegían 
el Poder Legislativo; mudo,,como son las le 
tras, pero absolutamente  efectivo.  Y, final 
mente,  los  comicios  por  curias 
tenían  funciones  mucho  más 
domésticas, como la adscripción de 
un nuevo ciudadano a ima familia. 
Luego  es evidente  que  lo  que 
hace John  Locke én su  «Segundo 
Tratado sobre el Gobierno Civil», 
fundamentalmente en los capítulos 
XII y Xin, así como Montesquieu 
en buena  parte  de los libros  que 
componen  su inmarcesible  obra 
«Del espíritu de las leyes» es reto 
mar del Mundo Antiguo las teorías 
terapéuticas  sobre la  enfermedad 
de los reyes. 

¿Corre hoy en España pehgro el 
Rey, como metáfora del poder poh-
tico,  de contraer  tan  terrible  y 
mortífera enfermedad? Pues si aún 
no la padece no será porque se hayan tomado 
las imprescindibles medidas terapéuticas que 
en el Mundo Moderno recetó el doctor Secon-
dat. Pues aquí el poder sólo reside en un Parla 
mento vocinglero y mercader,  en donde  los 
partidos trafican  con sus ideales dentro de un 
nauseabundo contrato sinalagmático, tal como 
Antonio García-Trevijano,  el mejor  pensador 
pohtico actual, ha declarado. 

diarias  cobraban  en 
1983  estos  señores 
cuando  viajaban  por 
cuenta de la Sociedad y 
pasajes  en  primera 
clase, los más caros, y 
superiores  entonces  (no sé lo que  cobrarán 
hoy  de dietas)  a los que figuraban  en el ba-
remo  del Ministerio  de Asuntos  Exteriores 
para los ministros plenipotenciarios. 

Es fácil para los que se encuentran en los es 
calones más altos apalear a los que están en el 
más  bajo.  Esto  es lo  que  está  haciendo  el 
equipo  de  forasteros  progresistas  que  hoy 
mandan en la Sociedad de Autores con sus ju 
bilados entre los que hay muchos con más de 
cincuenta  años de servicio y que han  conse 
guido con su trabajo y su acierto que por apli 
cación del artículo 80 del Reglamento de Régi 
men Interior aprobado en el año 1974, se pueda 
hacer constar, como se dice en la página 3 del 
informe  «Situación complemento  de pensio 
nes personal al 31-12-86», que «el resultado es 
obviamente favorable a la SGAE». 

Y, por si fuera necesario demostrar la prepo 
tencia con que estos señores actúan, diré para 
terminar que aimque algunos de los jubilados 
de la SGAE han cedido a las presiones que so 
bre eUos se han  ejercido, hay otros, los más, 
que no están dispuestos a dejarse arrebatar lo 
que se ganaron con su trabajo de tantos años y 
han demandado a la Sociedad de Autores ante 
la Magistratura de Trabajo. El asimto está en 
este momento «sub-judice». A pesar  de eso, 
imilateralmente y por su cuenta, decide la So 
ciedad suprimir  otro derecho más de los que 
los jubilados tienen  reconocido en el Regla 
mento de Régimen Interior y de los convenios 
colectivos sucesivos. 

ABC (Madrid) - 13/03/1997, Página 40
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