1971-01-25.BOE.SETENCIA AGT-ADMINISTRACION ESTADO.PUEBLO
Publicado: 1971-01-25 · Medio: BOE
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3980 10 marzo 1971 B. O. del E.-Núm. 59 tora. debemos declarar y declaramos ajustada a derecho tal resolución, que confirmamos por esta sentencia y. absolvemos a la Administración de la demanda contra ella unpugnada; sin hacer expresa condena de costas. As1 por esta nuestra sentencia, que se publicará en el «Bo!etín Oficia!. del Estado» e 1nsel:tará en la «Colección LegislatIva», 10 pronunclamos, mandamos y firmamos.» En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en los ar ticulos 103 y 105, apartado 8). de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción contencloso--adminlstratlva. este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia. publicándose el fallo en el «Boletín Oficial del Estado». Lo que cómunico a V. L para su conocimiento y efectos. Dios guardes. V. l. muchos afios. Madrid, 14 de enero de 1971.-P. D., el Subsecretario, Hernán· dez-Sampe-Iayo. . Ilmo. Sr. Subsecretario de Información y Turismo. ORDEN ae 21 de enero de 1971 1'9r la que se aprue ban las mod,ificactones introducidas al plan de Prc;. moción Turlsttca aprobado por Orden de 13 de di ciembre de 1967, elaborado por «Re/uglos del Mont· se'nll, S. A .•~ para la urbanizacfón denominada ~Area de Re/uglos del Montseny•• llmOs. Sres.: Elaborado el Plan de Promoción Turística pre visto en el artículo 10 de la Ley 19711963, de 28 de diciembre, siguiendo las directrices trazadas en el articulo 11 de 1& misma, por cRefugtos del Montaeny. S. A.», con el fin de obtener la declaración de Centro de Interés Turistico Nacional· de la urba. nización «Area de Refugios del Montseny», en los términos muni clpales de San Pedro de VUamajar y san Esteban de Paleu Torciera (Barcelona), y habiendo sido preciso introducir madi· flcaciones al m1sm.o, Este Mínmterio. en uso. de las facultades conferidas por la legislación vigente en la materia. ha tenido a bien aprobar las modlflceelones Introducldas en dicho Plan. Lo digo a VV. IL para su conoc1m1ento y efectos. Dios guarde a VV. n. muchos afias. Madrid, 21 de enero de 1971. SANCHEZ BELLA lImos. Sres. Subsecretario de Información y Turismo y DIrector General de Promoción del Turismo. ORDEN de 25 de enero de 1971 por la que se dispone se cumpla en SUB propios términos la sentencia dic,:, tad4 'Por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en recurso contencioso-altministraUvo seguúlo entre don Antonio Garcla-Trevijano Forte 11 la Administración General del Estado. • Ilmo. Sr.: En recurso contencioso - administrativo número 15.435. seguido ante la Sala Tercera. del Tríbunal Supremo entre don Antonio Gauia-Trevijano Forte, como demandante~ y la Administración General del Estado, como demandada, con tra resolución de este Ministerio de 29 de septiembre de 1969, sobre expediente sancionador al diario «Pueblon, ha recaído sen tencia en 28 de diciembre de 1970, cuya parte dispositiva literal. mente dice: «Fallamos: Que desestimando eomo desestimamos el presen te recurso contenciQ6()..adn1inistr&t1vo interpuesto por la represen~ tación procesal de don Antonio García-Trevijano Forte contra la resolución del Ministerio de Información y Turismo de 29 de septiembre .de -1969. que etesestimando el de alzada formulado contra la Resolución de ia Dirección Geheral de Prensa de 24 de diciembre de 1968, por lugar a incoar el expediente sancionador interesado por el actor debe mos declarar y declaramos que las resoluciones recurridas· es tán ajustadas a derecho, por lo que las confirmamos, absolvien~ do a la Administración de las pretensiones en· su contra lormu ladas por la parte aetora; todo ello sin bacerexpresa condena de costas. la que se acordó no haber As! por esta nuestra sentencia, que se publicará en el «Boletin Oficial del Estado» e insertará en la ·«Colección LegislatiVa», lo pronunciamos, mandamos y firmamos.» En su virtud,· y en cumplimiento de lo dispuesto en los articu los 103 y 105, apartado a), de la Ley de 27 de diciembre de 1956, re~u;lad~a de la. jUlisdicción contencioso-administrativa, este MmlsterlO ha temdo a bien disponer que' se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el fallo en el «Boletín Oficial del Estado». Lo que comunico a V. L para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. L muchos afios. , Madrid, ·25 de enero de 1971.-P. D., el Subsecretario, Her nandez...sampelayo. Ilmo. sr. SUbsecretario d.e Información y Turismo. ORDEN áe 28 de enero de 1971 por la que se dispone se cumpla en sus propJ.os términos la sentencia dic tado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en recurso contencioso e administrativo seguido entre «Equipo Editorial, S. A.», y la Administración Ge neral del Estado. Ilmo. Sr.: En recurso contencloso-adrr1inistrativo núme~ ro 14.729/1969, seguido ante la Sala Tercera del Tribunal Supre mo entre «Equipo Editorial, S. A.», como demandante, y la Administración General del Estado, como demandada, contra resolución del Consejo de Ministros de 4 de julio de 1969, sobre cancelación de la inscripción de la Entidad citada en el Regis tro de Empresas. Editoriales, ha recaído sentencia en 18 de diciembre de 1970, cuya patte dispositiva literalmente dice: «Fallamos: Que desestimando como desestimamos el presen te recurso contencioso-administrativo interpuesto por la repre sentación procesal de la Entidad «Equipo Editorial, S. A.», contra la resolución ·del Consejo de Ministros de cuatro de julio de inil novecientos sesenta y nueve, por la que desestimando el recurso de alzada lormu1.ado' contra la Orden del Ministerio de Información y Turismo de veinticuatro de marzo del mismo afio confirmaba la recurrida que ordenó la cancelación de la inséripción en el Registro de Empresas Editortales de la corres pondiente a la. Empresa recurrente, debemos declarar y declara mos que las resoluciones recurridas están ajustadas ~ .derecho. por lo que las confirmamos, absolviendo. a la AcilmmstraClOn de las pretensiones en su contra formuladas por la parte actora : todo ello sin hacer expresa. condena de costas. Asi por esta. nuestra sentencia, que se publicará en el «Boletín Oficial del· Estado» e insertará en la «Colecci'ón Legislativa}). 10 pronunciamos, mandamos y firmamos.» En su virtud, y en cumplimiento de 10 dispuesto en los artícu los 103 y 105,apartado a) de la Ley de 27 de diciembre de 1956 reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, este' Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios térmtnos la re!erida sentencia, publicándose el fallo en el «Boletín Oficial del Estado». IIO quecomunlco a V. l. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. l. muchos afios. Madrid, 28 de enero de 1971.-P. D .• el Subsecretario, Hernan~ dez-Sampela.vo. Ilmo, Sr. Subsecretario de Información y Turismo. MINISTERIO DE LA VIVIENDA ORDEN de 23 de febrero de 1971 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia que se cita, dictada por la Sala Quinta del Tribunal Supremo. Ilmo. Sr.: Visto el recurso contencio~administrativo que en vía de apelación ha lallado la sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por don :Francisco Corráles Fernández cQ11 tra la Administración, parte apelante, y defendida. por el Abogado del Estado. sobre revocación de acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación de ~id de fechas 16 de Junio de 1967. que lijó el· justiprecio de la finca número 26 del sector zona· derecha de la avenida de los Hermanos Gareia Noblejas e industria de vaqueria instalada en la misma en la cantidad totál de 988.989,12 pesetas; y de 27 de octubre de igual año, que desestimó el recurso de reposición contra el primero, se ha dictado senten cia por la. sala Quinta del Tribuna.l. Supremo en 8 de octubre de 1970, cuya parte dispositiva dice as1: «Fallamos: Que debemos confirmar y confirmamos en todas sus partes la sentencia. apelada, dictada por la sala Primera de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid el 17 de diciembre de 1968 en recurso de esta clase promovido· por don F;r&nCisco Corrales Fernández sobre revo caelón de acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación For zosa -de Madrid; relativos a justiprecio de la finca número 26 del sector zona derecha de la avenida p'e los Hermanos Garcia Noblejas e industria de vaquería instalada en .la misma; sin hacer especial declaración respecto a costas en ninguna de ambas instancias.» En su virtud este Ministerio. de conformidad con 10 dispuesto en 105 artículos. 103 Y siguientes de la Ley RegUladora de la Jurisdicción ContencioSO-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la sentencia expresada. Lo que comunico a V. l. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. L muchos allos. Madrid, 23 de febrero de 1971.-P. D., el subsecretario, Tnv€r y AgUiJar. Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en el Area Metropolitana de Madrid.