1971-01-25.BOE.SETENCIA AGT-ADMINISTRACION ESTADO.PUEBLO

Publicado: 1971-01-25 · Medio: BOE

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10 marzo 1971

B. O. del E.-Núm. 59

tora. debemos declarar y declaramos ajustada a derecho tal
resolución, que confirmamos por esta sentencia y. absolvemos
a la Administración de la demanda contra ella unpugnada;
sin hacer expresa condena de costas.

As1 por esta nuestra sentencia, que se publicará en el «Bo!etín
Oficia!. del Estado» e 1nsel:tará en la «Colección LegislatIva»,
10 pronunclamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en los ar 
ticulos 103 y 105, apartado 8). de la Ley de 27 de diciembre
de 1956, reguladora de la Jurisdicción contencloso--adminlstratlva.
este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en
sus propios términos la referida sentencia. publicándose el fallo
en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que cómunico a V. L para su conocimiento y efectos.
Dios guardes. V. l. muchos afios.
Madrid, 14 de enero de 1971.-P. D., el Subsecretario, Hernán·

dez-Sampe-Iayo.

.

Ilmo. Sr. Subsecretario de Información y Turismo.

ORDEN ae 21 de enero de 1971 1'9r la que se aprue 
ban las mod,ificactones introducidas al plan de Prc;.
moción Turlsttca aprobado por Orden de 13 de di 
ciembre de 1967, elaborado por «Re/uglos del Mont·
se'nll, S. A .•~ para la urbanizacfón denominada ~Area
de Re/uglos del Montseny••

llmOs. Sres.: Elaborado el Plan de Promoción Turística pre 
visto en el artículo 10 de la Ley 19711963, de 28 de diciembre,
siguiendo las directrices trazadas en el articulo 11 de 1& misma,
por cRefugtos del Montaeny. S. A.», con el fin de obtener la
declaración de Centro de Interés Turistico Nacional· de la urba. 
nización «Area de Refugios del Montseny», en los términos muni 
clpales de San Pedro de VUamajar y san Esteban de Paleu 
Torciera (Barcelona), y habiendo sido preciso introducir madi·
flcaciones al m1sm.o,

Este Mínmterio. en uso. de las facultades conferidas por la
legislación vigente en la materia. ha tenido a bien aprobar las
modlflceelones Introducldas en dicho Plan.

Lo digo a VV. IL para su conoc1m1ento y efectos.
Dios guarde a VV. n. muchos afias.
Madrid, 21 de enero de 1971.

SANCHEZ BELLA

lImos. Sres. Subsecretario de Información y Turismo y DIrector

General de Promoción del Turismo.

ORDEN de 25 de enero de 1971 por la que se dispone
se cumpla en SUB propios términos la sentencia dic,:,
tad4 'Por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en
recurso contencioso-altministraUvo seguúlo entre don
Antonio Garcla-Trevijano Forte 11 la Administración
General del Estado.

•

Ilmo. Sr.: En recurso contencioso - administrativo número
15.435. seguido ante la Sala Tercera. del Tríbunal Supremo
entre don Antonio Gauia-Trevijano Forte, como demandante~
y la Administración General del Estado, como demandada, con 
tra resolución de este Ministerio de 29 de septiembre de 1969,
sobre expediente sancionador al diario «Pueblon, ha recaído sen 
tencia en 28 de diciembre de 1970, cuya parte dispositiva literal.
mente dice:

«Fallamos: Que desestimando eomo desestimamos el presen 
te recurso contenciQ6()..adn1inistr&t1vo interpuesto por la represen~
tación procesal de don Antonio García-Trevijano Forte contra
la resolución del Ministerio de Información y Turismo de 29
de septiembre .de -1969. que etesestimando el de alzada formulado
contra la Resolución de ia Dirección Geheral de Prensa de 24
de diciembre de 1968, por
lugar
a incoar el expediente sancionador interesado por el actor debe 
mos declarar y declaramos que las resoluciones recurridas· es 
tán ajustadas a derecho, por lo que las confirmamos, absolvien~
do a la Administración de las pretensiones en· su contra lormu 
ladas por la parte aetora;
todo ello sin bacerexpresa condena
de costas.

la que se acordó no haber

As! por esta nuestra sentencia, que se publicará en el «Boletin
Oficial del Estado» e insertará en la ·«Colección LegislatiVa»,
lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud,· y en cumplimiento de lo dispuesto en los articu 
los 103 y 105, apartado a), de la Ley de 27 de diciembre de 1956,
re~u;lad~a de la. jUlisdicción contencioso-administrativa, este
MmlsterlO ha temdo a bien disponer que' se cumpla en sus
propios términos la referida sentencia, publicándose el fallo en
el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. L para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. L muchos afios.

, Madrid, ·25 de enero de 1971.-P. D., el Subsecretario, Her 

nandez...sampelayo.
Ilmo. sr. SUbsecretario d.e Información y Turismo.

ORDEN áe 28 de enero de 1971 por la que se dispone
se cumpla en sus propJ.os términos la sentencia dic 
tado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en
recurso contencioso e administrativo seguido entre
«Equipo Editorial, S. A.», y la Administración Ge 
neral del Estado.

Ilmo. Sr.: En recurso

contencloso-adrr1inistrativo núme~
ro 14.729/1969, seguido ante la Sala Tercera del Tribunal Supre 
mo entre «Equipo Editorial, S. A.», como demandante, y la
Administración General del Estado, como demandada, contra
resolución del Consejo de Ministros de 4 de julio de 1969, sobre
cancelación de la inscripción de la Entidad citada en el Regis 
tro de Empresas. Editoriales, ha recaído sentencia en 18 de
diciembre de 1970, cuya patte dispositiva literalmente dice:

«Fallamos: Que desestimando como desestimamos el presen 
te recurso contencioso-administrativo interpuesto por la repre 
sentación procesal de la Entidad «Equipo Editorial, S. A.», contra
la resolución ·del Consejo de Ministros de cuatro de julio de
inil novecientos sesenta y nueve, por la que desestimando el
recurso de alzada lormu1.ado' contra la Orden del Ministerio
de Información y Turismo de veinticuatro de marzo del mismo
afio confirmaba la recurrida que ordenó la cancelación de la
inséripción en el Registro de Empresas Editortales de la corres 
pondiente a la. Empresa recurrente, debemos declarar y declara 
mos que las resoluciones recurridas están ajustadas ~ .derecho.
por lo que las confirmamos, absolviendo. a la AcilmmstraClOn
de las pretensiones en su contra formuladas por la parte actora :
todo ello sin hacer expresa. condena de costas.

Asi por esta. nuestra sentencia, que se publicará en el «Boletín
Oficial del· Estado» e insertará en la «Colecci'ón Legislativa}).
10 pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, y en cumplimiento de 10 dispuesto en los artícu 
los 103 y 105,apartado a) de la Ley de 27 de diciembre de
1956 reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa,
este' Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en
sus propios térmtnos la re!erida sentencia, publicándose el fallo
en el «Boletín Oficial del Estado».

IIO quecomunlco a V. l. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. l. muchos afios.
Madrid, 28 de enero de 1971.-P. D .• el Subsecretario, Hernan~

dez-Sampela.vo.

Ilmo, Sr. Subsecretario de Información y Turismo.

MINISTERIO DE LA VIVIENDA

ORDEN de 23 de febrero de 1971 por
la que se
dispone el cumplimiento de la sentencia que se cita,
dictada por la Sala Quinta del Tribunal Supremo.

Ilmo. Sr.: Visto el

recurso contencio~administrativo que
en vía de apelación ha lallado la sala Quinta del Tribunal
Supremo, promovido por don :Francisco Corráles Fernández cQ11 
tra la Administración, parte apelante, y defendida. por el Abogado
del Estado. sobre revocación de acuerdos del Jurado Provincial
de Expropiación de ~id de fechas 16 de Junio de 1967. que
lijó el· justiprecio de la finca número 26 del sector zona· derecha
de la avenida de los Hermanos Gareia Noblejas e industria
de vaqueria instalada en la misma en la cantidad totál de
988.989,12 pesetas; y de 27 de octubre de igual año, que desestimó
el recurso de reposición contra el primero, se ha dictado senten 
cia por la. sala Quinta del Tribuna.l. Supremo en 8 de octubre
de 1970, cuya parte dispositiva dice as1:

«Fallamos: Que debemos confirmar y confirmamos en todas
sus partes la sentencia. apelada, dictada por
la sala Primera
de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Territorial
de Madrid el 17 de diciembre de 1968 en recurso de esta clase
promovido· por don F;r&nCisco Corrales Fernández sobre revo 
caelón de acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación For 
zosa -de Madrid; relativos a justiprecio de la finca número 26
del sector zona derecha de la avenida p'e los Hermanos Garcia
Noblejas e industria de vaquería instalada en .la misma;
sin
hacer especial declaración respecto a costas en ninguna de
ambas instancias.»

En su virtud este Ministerio. de conformidad con 10 dispuesto
en 105 artículos. 103 Y siguientes de la Ley RegUladora de la
Jurisdicción ContencioSO-Administrativa, ha dispuesto se cumpla
en sus propios términos la sentencia expresada.

Lo que comunico a V. l. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. L muchos allos.
Madrid, 23 de febrero de 1971.-P. D., el subsecretario, Tnv€r

y AgUiJar.

Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en el Area Metropolitana de

Madrid.