1997-09-24.EL MUNDO.RECUSAN A UN MAGISTRADO DEL CASO SOGECABLE

Publicado: 1997-09-24 · Medio: EL MUNDO

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RECUSAN A UN MAGISTRADO DEL CASO SOGECABLE
EL MUNDO. 24/09/1997 Página, 26
AGUSTIN YANEL
MADRID La Audiencia Nacional no pudo estudiar ayer un recurso de los abogados de Sogecable, en el que piden el archivo de este caso, porque otro abogado que interviene como acusación en nombre de una docena de abonados a Canal Plus, Juan Francisco de Rojas, recusó a uno de los magistrados que debían resolver el citado recurso.
Rojas afirma en su escrito de recusación que el magistrado José Ricardo de Prada Solaesa mantiene «íntima amistad» con los querellados Jesús Polanco y Juan Luis Cebrián, presidente y consejero delegado, respectivamente, de la empresa Sogecable (propietaria de la televisión de pago Canal Plus).
Para demostrar que existe esa supuesta amistad el abogado cita las «múltiples reuniones» que, según afirma, ha mantenido dicho magistrado con los querellados y con personas del «círculo íntimo» de aquéllos. Afirma que dichos encuentros los han mantenido «en diversos lugares» (restaurantes, actos académicos, Fundación Santillana e incluso en diversos domicilios de Polanco), pero no concreta fechas ni ningún otro detalle.
También alega que el magistrado De Prada Solaesa tiene «interés indirecto» en este caso, porque ha tenido conocimiento previo y al margen del proceso y con sus «comentarios, sugerencias e ideas» puede haber influido en la formación de las decisiones adoptadas en esta investigación judicial.
A la vista de este escrito de recusación, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia suspendió la deliberación que tenía prevista. Esta recusación la resolverá el magistrado más antiguo de dicha Sala, Francisco Castro Meije.
Por su parte, el presidente del Grupo Prisa, Jesús de Polanco, y su consejero delegado, Juan Luis Cebrián, negaron ayer que conozcan al magistrado José Ricardo de Prada.
APOYOS
Una amplia lista de testigos
Para demostrar sus afirmaciones, el abogado Juan Francisco de Rojas propone que declaren estos testigos:
-Clemente Au ger, presidente de la Audiencia Nacional.
-Siro García Pérez, presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
-Baltasar Garzón, juez de la Audiencia Nacional.
-Guillermo Fernández Vivanco, secretario de la Sala de Gobierno de la citada Audiencia.
-Jesús Polanco, presidente del grupo Prisa.
-Juan Luis Cebrián, consejero delegado del grupo Prisa.
-Antonio Navalón, a quien se define en la recusación como conseguidor de favores.
-Diego Selva, también conseguidor de favores.
-Jaime García Añoveros, al que se define como ex ministro y asalariado de Prisa.
-Joaquín Na varro Estevan, magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid.
-Jesús Neira, profesor.
-María Dolores Márquez de Prado, fiscal.
-Antonio García Trevijano, abogado.
-Mari Luz Barreiros, esposa de Polanco.
Los principales argumentos de la recusación
A continuación se reproduce un extracto del incidente de recusación presentado ante la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por el abogado Juan Francisco de Rojas, en representación de la acusación particular. De Rojas interviene en nombre de una docena de abonados de Canal Plus en la causa que ha instruido Javier Gómez de Liaño.
«Basamos el presente incidente de recusación en los siguientes fundamentos:
 [...] «En la íntima amistad del magistrado recusado en este proceso con los querellados don Jesús Polanco y don Juan Luis Cebrián. Se demuestra el anterior aserto, entre otros muchos hechos, por las múltiples reuniones mantenidas entre los querellados antes citados y el magistrado recusado, y las reuniones mantenidas por éste con personas pertenecientes al círculo íntimo de los anteriormente citados querellados.
«Estas reuniones se han mantenido en diversos lugares, restaurantes, con motivo de diversos actos académicos, en el domicilio de la Fundación Santillana, cuyo presidente es el querellado don Jesús de Polanco, e incluso en los diversos domicilios que posee el citado querellado.
«El interés indirecto del recusado en el procedimiento seguido contra don Jesús Polanco y don Juan Luis Cebrián y, además, el haberse informado de cuestiones relacionadas con las diligencias previas, por autoridades o funcionarios que han dictado autos con respecto a este caso. El recusado, al tener conocimiento previo y extraprocesal, y con sus comentarios, sugerencias e ideas puede haber influido en la formación de las decisiones adoptadas por alguna autoridad o funcionario que han resuelto mediante autos decisiones de suma importancia para el devenir de la causa.
«Suplico a la Sala que se sirva proceder a la tramitación del incidente promovido y, en consecuencia, acordar la suspensión que estaba señalada para el día de hoy (por ayer).
 [...] Para el improbable caso de que el recusado no accediese a su abstención, se solicita la práctica a la mayor brevedad de la prueba propuesta y de la que se pueda llegar a proponer en tiempo hábil para ello».