1995-07-14.ABC.QUERELLA AGT CONTRA MANGLANO.CESID.ESCUCHAS

Publicado: 1995-07-14 · Medio: ABC

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VIERNES  14-7-95

NACIONAL

ABC  / 27

El Supremo advierte a la Generalidad que el catalán
no puede ser la lengua única en los centros  educativos
Aclara que el aval a la inmersión lingüística «ha sido predeterminado» por el TC
Madrid. M. P.

La Sala Tercera  del Supremo notificó ayer la sentencia, adelantada  por ABC, en la que de-
clara la validez de varios preceptos de un decreto dictado por el Departamento de Enseñanza
de la Generalidad de Cataluña en desarrollo de la «ley del catalán». El alto Tribunal indica que
«el sentido de nuestra sentencia ha quedado predeterminado por las declaraciones del Tribu-
nal Constitucional», que desestimó la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala.

No obstante -y de acuerdo con el contenido
de la resolución dictada por el Constitucional el
pasado  diciciembre-,  el  Tribunal  Supremo
señala la interpretación  que debe  hacerse  de
varios  polémicos  preceptos  del  decreto
362/83,  que fueron  anulados  por  el Tribunal
Superior  de  Cataluña  en  una  sentencia  que
ahora es revocada por  la Sala Tercera del Su-
premo, tras estimar el recurso de apelación de
la Generalidad de Cataluña.

Así sucede con el artículo 9 del mencionado
decreto,  que estableció  la  «extensión  progre-
siva» del catalán como lengua en la que debe
ser  impartida  la enseñanza  a  partir  del  ciclo
medio  de  EGB. «Reglamentariamente  -señala
el precepto- se determinarán las áreas o asig-
naturas que se deben impartir en lengua cata-
lana en los diferentes niveles no universitarios».
La Sala Tercera recuerda que en el auto en el
que  planteó  la posible  inconstitucionalidad  de
la  Ley de  Normalización  Lingüística  se hacía
depender la validez del artículo 9 de la constitu-
cionalidad  del  artículo  14  de  la  «ley del ca-
talán», pues, según el Supremo, sólo se podía
extender forzosamente el catalán como lengua
de enseñanza si previamente se negaba el de-
recho a elegir la educación sólo en castellano.
Tras  la sentencia  del TC  «ya sabemos  -dice
ahora la Sala Tercera- que ese derecho a elegir
la lengua de enseñanza no está reconocido por
la Constitución Española y, por lo tanto, que es
constitucional la extensión progresiva de la len-
gua catalana como lengua de enseñanza».

Sin embargo, el Supremo  destaca  la decla-
ración hecha por el TC según la cual el artículo
14  de  la  Ley  de  Normalización  «de  ningún
modo entraña la exclusión  de una de  las dos
lenguas cooficiales en los niveles posteriores a
la primera  enseñanza  como  lengua docente».
«Ello significa -precisa el Supremo- que el artí-
culo 9 del decreto 362/83, que impone  la ex-
tensión  progresiva del  catalán,  no es,  por  lo
tanto,  contrario  a la  Ley  de  Normalización
Lingüística si se interpreta en el sentido de que
esa  progresiva  extensión  que  proclama  no

puede llegar a ser tal que excluya en los niveles
posteriores a la primera enseñanza a ia lengua
castellana como lengua docente».

La sentencia añade que, dado que el artículo
9  se remite a posteriores  normas reglamenta-
rias para determinar las asignaturas que deben
ser  impartidas  en catalán,  «serán  esas  otras
normas  (no  impugnadas  en este  proceso)  las
que habrán de hacer esa determinación sin ex-
cluir ninguna de las dos lenguas  oficiales». En
este sentido, el alto Tribunal abre  la puerta a
una  posible  impugnación  del desarrollo  de la
«inmersión lingüística» en Cataluña si los regla-
mentos  adoptados  por  la Generalidad exclu-
yen indebidamente el castellano.

De igual  manera,  el Tribunal  Supremo  de-
clara  la validez  de  los  preceptos  del  decreto
362/83  que  imponen  el  «uso normal»  del ca-
talán en las actuaciones administrativas de ré-
gimen  interior  de  los  centros, por  ejemplo las
actas, comunicados,  horarios, etc.,  así como
los anuncios que se inserten en los tableros.

Al  plantear  la cuestión  de  inconstitucionali-
dad,  la Sala razonaba que, si bien es legítimo
utilizar  normalmente  el catalán  en  las relacio-
nes entre los centros docentes y en las de és-
tos  con  las Administraciones  públicas  de esa
comunidad autónoma, cuando se trata de las
relaciones  de  los  centros  educativos  con  los
padres y alumnos el decreto podía entrañar la
relegación del castellano a un puesto secunda-
rio,  pese a ser la lengua oficial del Estado y la
única que no puede ser desconocida.

A este respecto, el Supremo subraya que el
TC ha declarado que la Ley de Normalización
«no  entraña  de  modo  alguno  que  el  catalán
haya de ser utilizado como lengua única en las
relaciones  de  los ciudadanos  con  los centros
docentes situados en Cataluña ni en las de és-
tos con aquéllos». Por ello, la Sala Tercera pre-
cisa  «ha de  entederse  que  las  prescripciones
[de!  decreto] no entrañan de modo alguno que
el  catalán  haya de  ser  utilizado  como  lengua
única (...) y, así interpretados, no son contrarios
a la Ley de Normalización».

El Tribunal de Estrasburgo absuelve a España de una
demanda por supuesto abuso de la prisión preventiva

Madrid. N. C.
El Tribunal de Derechos Humanos de Estras-
burgo ha considerado correcta la actuación de
las autoridades judiciales españolas en el pro-
cedimiento penal seguido contra un camionero
holandés y, en consecuencia, ha acordado por
unanimidad -en contra del previo dictamen de
la Comisión, que propuso condenar a España
por  diecisiete  votos  contra  nueve- que no se
ha  producido  vulneración  alguna  del  artículo
5.3  de  la Convención, que limita la  utilización
de ¡a prisión preventiva al establecer el derecho
de los ciudadanos a «ser juzgados en un plazo
razonable de tiempo».

La demanda la interpuso un ciudadano ho-
landés  que  estuvo  en  prisión  preventiva du-

rante tres años, un mes y veintisiete días. Anto-
nius Van der Tang fue detenido en Vigo (Ponte-
vedra) por tráfico de drogas y tenencia ilícita de
armas y, posteriormente,  el procedimiento fue
remitido por el Juzgado de Instrucción de Vigo
a la Audiencia Nacional por la posible relación
de  los  hechos  con  el  «caso  Nécora».  El juez
Baltasar  Garzón  le  mantuvo  en  prisión.

La Corte de Estrasburgo no cree que España
haya abusado de la prisión preventiva en esta
causa ya que no ha observado dilaciones inde-
bidas en su tramitación. Asimismo, da la razón
al Gobierno español, que justificó el manteni-
miento  de  la medida  cautelar  en el riesgo de
que Van der Tang intentara sustraerse a la ac-
ción de ia Justicia.

Admitida a trámite la
querella  de García  Trevijano
contra el general  Manglano

Madrid. S. N.
La juez  María  Jesús  Coronado,  titular
del Juzgado de Instrucción número 43 de
Madrid,  ha admitido  a trámite  la querella
presentada  por  Antonio  García Trevijano
contra  el teniente  general  Emilio  Alonso
Manglano y contra el coronel Juan Alberto
Perote por el «caso CESID». García Trevi-
jano  interpuso  la referida  querella  contra
los dos militares, ex director del centro de
espionaje y ex responsable de su agrupa-
ción operativa, respectivamente.

La  querella  fue  promovida  por  García
Trevijano  tras  conocer  por  la  Prensa  que
algunas de sus conversaciones telefónicas
habían sido interceptadas por el CESID de
manera presuntamente ilegal. Trevijano es-
tima  que  ha  resultado  perjudicado  por
este  espionaje, que  habría  afectado tam-
bién a otros políticos, empresarios y perio-
distas.  La juez Coronado  ha demorado la-
admisión  de  la  querella  hasta  la cumpli-
mentación  de  un requisito formal  referido
al poder otorgado por García Trevijano. La
querella del abogado se une a la del perio-
dista Jaime Campmany, por la cual el Juz-
gado  empezó  a  investigar  el  «escándalo
del CESID».

Por otro lado, la juez Coronado y la Fis-
calía de Madrid investigan si el CESID rea-
lizó  «pinchazos»  en  teléfonos  ordinarios
además de grabar conversaciones realiza-
das a través  de teléfonos  móviles, según
informa Efe.

Belloch  explicará  el cobro de fondos
reservados  de la secretaria  de González
Madrid. S. N.
El ministro de Justicia e Interior, Juan Alberto
Belloch, ha solicitado la celebración de una se-
sión extraordinaria  de  la Comisión  de  gastos
reservados  del  Congreso  de  los  Diputados
para explicar por qué se entregó una cantidad
de este fondo a la secretaria del presidente del
Gobierno, Pilar Navarro.

La  Presidencia  del  Congreso  ya-ha  empe-
zado contactos  con los portavoces parlamen-
tarios que forman parte de esta Comisión para
tratar  de  convocar  ia sesión  para  la  próxima
semana. El ministro informará de la disposición
de  medios  económicos  para asumir  determi-
nadas actividades llevadas a cabo por la Presi-
dencia con cargo a los fondos reservados.

Por otro lado, el Banco Herrero ha comuni-
cado  a  la juez  María Jesús  Coronado,  titular
del  Juzgado  49  de  Madrid, que  Pilar  Navarro
ingresó en  1994 en su cuenta 32  millones de
pesetas para amortizar  un crédito, dinero pro-
cedente de la venta de un piso y no de un che-
que  de  fondos  reservados.  Fuentes jurídicas
han señalado que el Banco Herrero explica a la
juez en el comunicado que el crédito fue con-
cedido a Pilar  Navarro en  1993, es decir, dos
años después de que recibiera un talón de 28
millones de pesetas procedente de fondos re-
servados, y que, según declaró, fueron desti-
nados para gastos de seguridad.
D  Un artefacto explosivo de escasa intensi-
dad estalló ayer por la tarde ¡unto a un puente
de la carretera N-340, en el término valenciano
de  Petrés, y según confirmó  el Gobierno Civil
no causó daños materiales ni humanos.

ABC (Madrid) - 14/07/1995, Página 27
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