2019-11-28.AGT.EL DISEÑO DE UNA DEMOCRACIA VICENTE QUINTERO

Publicado: 2019-11-28 · Medio: AGT

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Antonio García-Trevijano: el diseño una democracia
representativa al servicio de la ciudadanía y no de las
oligarquías. ¿Qué es ser repúblico?

Vicente Quintero Nov 28, 2019 · 12 min read

Antonio García-Trevijano Forte, jurista, notario, abogado y político español, reconocido

por su activismo en contra de la dictadura franquista en España. Es conocido como uno

de los intelectuales más importantes del siglo XX, en los ámbitos de la teoría política y la

estética. ¿Cómo se auto-definía Antonio García-Trevijano: republicano o repúblico?

Para García-Trevijano (2010), no hay materia que no esté determinada por su forma. El

análisis de la materia republicana sería legítimo desde el punto de vista lógico, pero no

desde el ontológico, a no ser que se integre en una síntesis con el análisis correlativo de su

forma. La materia pura de la respublica es inaprensible. En tanto que republicana, su forma

pura expresa la dimensión estática de las realidades de poder en las estructuras invisibles

que enlazan lo público, lo social y lo político con la política.

A su juicio, ninguna de las actuales repúblicas europeas fueron creadas — y tampoco

animadas — por un espíritu republicano de lealtad a lo público y lo político. El espíritu

republicano aparece como fenómeno a posteriori del hecho republicano. La familia y la

propiedad se codificaron como cuestiones de orden público, tal como hoy se hace con el

aborto y el matrimonio homosexual. Fueron repúblicos los que tomaron la idea republicana

del pensamiento griego y la realizaron en ciudades italianas liberadas del Imperio. Existe,

según García-Trevijano, un gran paralelismo entre los repúblicos medievales que

prefiguraron el Estado, dando potestad estable, en lugar de soberanía, a esas Ciudades, y los

repúblicos americanos que crearon el Estado Federal estadounidense, dando su control a la

sociedad civil de las colonias independizadas del Imperio británico.

Según Antonio García-Trevijano (2010, pp. 206–207), la voz repúblico define la condición

de estadistas de las personas vocacionadas a instaurar la democracia política con la libertad

constituyente de la forma republicana. Sustantivos repúblicos, no adjetivos republicanos.

Para el jurista español, son los repúblicos los que saben que la materia social republicana, la

determinada por el principio de individuación, es el elemento primordial con el que se

construye la República. Se puede ser repúblico en el Estado de Partidos anti-republicano,

en la posición y movimiento de la potencia republicana al acto republicano. Es decir, en la

oposición a la actualidad monárquica o partidocrática oligárquica del Estado. Lo que

subyuga a todo repúblico no es cualquier forma republicana, sino únicamente la que

determina la materia social cualificada para devenir, con la libertad política, representada

por la auténtica República Constitucional. La República Constitucional se define en la

distinción básica entre Nación y Estado. Sin personalidad jurídica, aquella es susceptible de

ser representada por una Cámara de Representantes elegidos por mayoría absoluta en cada

mónada electoral, con potestad de promulgar las leyes a través de un Consejo de

Legislación, elegido por la propia Cámara. Mientras que para el anarquismo la abstención

electoral es una consecuencia de su ideología apolítica, para los repúblicos abstencionarios

no es más que una táctica transitoria de deslegitimación del sistema proporcional.

Las palabras políticas, o con más precisión, politológicas, no suelen expresar con precisión

las ideas o conceptos a que se refieren. De modo que, con gran frecuencia, sucede que un

mismo vocablo se usa para designar cosas muy diferentes. La política no es todavía una

ciencia porque el lenguaje del poder carece de voces unívocas. La evolución de las

costumbres lingüísticas esta marcada por la moda de pronunciar todas las palabras

referentes a las relaciones sociales con un mismo acento demagógico o igualitario.

Hablando con propiedad solo tiene sentido decir que los franceses son partícipes de la

República, como el juez de la justicia o el médico de la medicina. El compromiso vital de los

que quieren ser padres de republicanos les obliga a adquirir los conocimientos, las

previsiones, el carácter y las cualidades humanas de los verdaderos estadistas (García-

Trevijano, 2007).

El nuevo orden repúblico, distinto del orden público estatal, se funda en la legalidad

república, que no es indistinta legalidad monarcorepublicana. Los diccionarios distinguen

con precisión lo que significa ser republicano, respecto de lo que supone ser repúblico.

Mientras que lo republicano se refiere a todo lo perteneciente o relativo a la República, lo

repúblico sólamente designa a las personas capaces de desempeñar oficios públicos,

versadas en cuestiones de Estado y competentes en materia política. La cualidad de

estadista la puede tener un colectivo de personas valientes y leales a una idea política

fundadora y fundante de la República Constitucional. García Trevijano (2010, p. 338)

señala: “Fueron repúblicos, y no simples republicanos, los revolucionarios que, siendo

competentes en materia política, (…), fundaron Estados independientes, como aconteció

con los republicanistas medievales y con los creadores de los EEUU”. El repúblico es el que

reafirma su lealtad a lo público. La lealtad produce ciudadanos; la fidelidad, súbditos. Sin

lealtad no hay posibilidad de ser repúblico.

La gran contribución de García-Trevijano es que evidencia y expone la naturaleza

oligárquica de lo que se conoce como “Estado de partidos”, “sistema de partidos” y

“partidocracia”. La oligarquía de los partidos estatales, como así definiió García-Trevijano a

este sistema, coarta la pureza de la libertad. El drama de la libertad termina, y la comedia

empieza, cuando los súbditos se creen actores políticos libres, en una ciudad que sólo les

permite elegir cada cuatro años las listas que le imponen sus oligarcas, y pagar como

contribuyentes incluso a los partidos que rechazan en las urnas. Los partidos estatales no

son partidos de programa ideológico, de personalidades notables ni de diferente concepción

de la economía. Todos defienden la propiedad privada y el mercado; buscan agradar con

privilegios a las oligarquías financieras, económicas y mediáticas.

Los enemigos primordiales de la libertad son los partidos estatales y los medios de

comunicación partidistas, a través de los cuales gobierna la Partidocracia oligárquica. Sin

ellos aquél sería un gigantesco cuerpo económico sin brazos políticos. El principal escollo

que ha de superar la sociedad civil para realizar la idealidad republicana, mediante la

democracia en la forma de gobierno y la República Constitucional en la forma de Estado, no

está tanto en la oligarquía financiera, habituada a prosperar con la demagogia igualitaria de

los gobiernos parlamentarios, como en la indecorosa Partidocracia que se apoderó del

fenecido Estado dictatorial, para continuar la dominación de la sociedad concesionaria de

libertades otorgadas. La divisa de la Partidocracia es la corrupción.

Dada la estructura oligárquica de la organización interna de los grandes partidos, quien

gobierna y legisla es el aparato permanente que controla y dirige al partido gobernante. Y la

oligarquía de partidos legisla, con naturalidad corruptora, el interés de la aristocracia

financiera, industrial y comercial. Aunque las Constituciones de la partidocracia separan las

funciones de legislar y gobernar, eso no tiene significado teórico ni efecto práctico. En un

partido gobernante-legislador, ni siquiera cabe hablar de separación de funciones dentro de

un mismo partido. Los fundamentos de la Realpolitik, parapetos intelectuales contra la

libertad de pensamiento y de acción, se basan en consensos que paralizan, más que las

acciones de la libertad, la imaginación misma de que sean posibles. Los medios de

comunicación, intelectual orgánico del Estado de Partidos, son los centinelas de la

sinarquía de poder que los premia y enriquece. Se creen realistas porque legitiman

realidades oligárquicas en los Estados de Partidos. No saben que son piezas del aparato

estatal de anulación de la sociedad, ni que la libertad política sea conquistable en el proceso

de realización histórica de realidades más profundas, mediante la acción constituyente

derivada de la potencia de una idea de libertad colectiva fundamentalmente realista.

El modelo que propone García-Trevijano se blindaría ante posibles influencias negativas de

las oligarquías económicas y financieras, a través de los siguientes mecanismos: establecer

el sistema electoral mayoritario a doble vuelta; han de estar separados y equilibrados los

poderes estatales, pero tienen que tener todos la misma legitimación original, si cada uno

ha sido directamente elegido por los afectados en el ejercicio de ese poder específico;

reconocer que la mera constitucionalidad no es exclusiva de la República, ni puede ser

alegada como signo distintivo de ella; el poder ejecutivo ha de ser legitimado mediante

elección por sufragio universal directo, sin que pueda ser designado por el poder legislativo;

garantizar la primera condición de la independencia judicial en la facultad de examinar

desde la primera instancia la constitucionalidad de las leyes invocadas en el juicio; superar

el escepticismo cultural, mediante la revaloración de inteligencias, méritos profesionales,

investigadores científicos, creadores de empresas basadas en el valor añadido. Los

principios generales que el esquema impone al proceso de la acción, se pueden reducir a

tres: continuidad, homogeneidad y retroacción; solucionar ontológicamente el problema de

la mediación entre Estado y Nación, entre la fuerza estatal irresistible y la obediencia a las

leyes por consentimiento. La unidad irreductible de la representación está en la mónada

electoral. La acción legislativa pertenece a la Nación. La acción ejecutiva al Estado. La

separación de poderes refleja con naturalidad la oposición ontológica entre Sociedad y

Estado. El necesario principio de intermediación no lo puede encarnar la Justicia, que debe

ser autónoma para devenir independiente. García Trevijano define tres peldaños de acción:

1. El primer peldaño de la República Constitucional, para transformar todo tipo de

potencia general en poder institucionalizado, consiste en dar a la Nación la potestad de

promulgar las leyes aprobadas por su representación colectiva. Hay que liberar de su

armadura estatal a los partidos y sindicatos, civilizarlos, para que por su propia

naturaleza, vestidos de paisano, vuelvan a estar en el seno de la sociedad civil de donde

nunca pudieron salir sin traicionar y traicionarse.

2. El segundo peldaño de la República Constitucional, para dar a la Nación el poder de la

representación política de la sociedad, tiene dos momentos de acción. El de la

representación política en cada mónada electoral, y el de la constitución de la Cámara

de Representantes y del Consejo de Legislación, como única representación de la

Nación, con potestad de promulgar las leyes que apruebe la representación diputada.

3. El tercer peldaño reside en la elección directa del Presidente de la República, con

potestad de designar su Consejo de Gobierno, cabeza responsable del poder ejecutivo

del Estado, por mayoría absoluta de los ciudadanos. La elección nacional al primer

cargo estatal no otorga representación. Sólo potestades ejecutivas.

4. El cuarto peldaño se constituye con la elección del Presidente del Consejo de Justicia

por mayoría absoluta de todos los que participan activamente en el mundo judicial, es

decir no solo Jueces y Magistrados, sino todo el personal dedicado a la Administración

de justicia, junto con abogados y procuradores en ejercicio. Así como el Presidente de la

República designa libremente a su Consejo de Ministros, también el Presidente del

mundo judicial, refrenda a todos los miembros de su Consejo de Justicia.

5. En el quinto peldaño, que es ya un amplio descansillo horizontal, se realiza la unión

equilibrada de los tres poderes, que han llegado a él con la misma legitimación en la

libertad de elección de cada uno por separado. Aquí se genera la democracia política,

como forma de gobierno garantista de la libertad colectiva y las libertades o derechos

fundamentales, mediante la estricta aplicación de dos principios institucionales.

Los partidarios de García-Trevijano y de su doctrina política se llaman repúblicos, no

republicanos porque se busca ser estadistas de la República. El intelectual Felipe Giménez

(2011) señaló lo siguiente sobre el jurista hispano y su obra: “Es un fundamentalista

democrático platónico cuyas propuestas me parecen interesantes para liquidar el Régimen

de 1978 que ha desnacionalizado España y que ha demostrado ser una oligarquía corrupta

de partidos políticos”. Pero lo cierto es que la relevancia y la trascendencia de la obra de

García-Trevijano va más allá de haber sido una denuncia al sistema imperante en España.

La ontología de la teoría política es formulada y planteada en un plan de acción que busca

resultados concretos y tangibles. García-Trevijano rechaza otras alternativas a la

democracia, no por su inviabilidad, sino por sus principios éticos y convicciones

ideológicas; una democracia representativa más plena, orgánica, funcional y vital. Desde la

noción de democracia que tenían los atenienses hasta nuestros días, ha evolucionado la

Idea que tenemos de democracia. Evolución para algunos; involución para otros.

Tanto para Baruch Spinoza (2018), como para Jean Jacques Rousseau (2000), la

democracia representativa es una forma de aristocracia. La democracia representativa, que

combina elementos de la aristocracia y la democracia, bien puede considerarse también una

aristocracia electiva; la mejor forma de gobierno. El concepto antiguo de democracia, del

pueblo reunido en una asamblea que ejerce directamente el poder soberano, entra en

tensión con la democracia representativa. De manera que, la restringida noción de

democracia de García-Trevijano debe comprenderse en ese orden de ideas: no existe una

sola idea de democracia; los grados de democracia permiten determinar que una sociedad

política puede ser más democrática que otra. La noción de democracia en García-Trevijano

(2010) es idealista, pero así lo es la de muchos juristas, filósofos, politólogos, sociólogos,

etcétera.

La democracia, más que una forma de gobierno, es una cultura; una cultura que se fortalece

a través de las conductas, las instituciones y las tradiciones. El mérito de la obra de García-

Trevijano reside en su ímpetu y vocación para fortalecer la democracia representativa y

orientarla hacia un grado superior de autenticidad. Las ideas son el hilo conductor del

discurso histórico-político y la bases de nuestras instituciones, entendidas estas como las

reglas del juego. La partidocracia oligárquica representa una amenaza para los demócratas

del mundo. La divisa de los partidos oligárquicos es el dinero corrupto de las cúpulas que

los financian. Las recomendaciones de García-Trevijano buscan visibilizar las

contradicciones intrínsecas de nuestras sociedades; la democracia imperfecta que

conocemos está en riesgo. Está en nuestras manos fortalecerla, o bien, dejar que la

partidocracia oligárquica la siga absorbiendo.

Las constituciones europeas de nuestros días, como señala García-Trevijano (2010) y

Giménez (2011) reconoce, son constituciones semánticas; no se cumplen ni reflejan la vida

política real. Los Estados de partidos, o partidocracias oligárquicas, no son democracias,

sino demagogias; la brecha entre norma y realidad no permite hacer una teoría del Estado

de Partidos. El modelo que propone García-Trevijano (2010) sugiere privar a los partidos

estatales de todo su poder y convertirlos en asociaciones políticas que influyan en los

asuntos públicos de manera indirecta. Sin subvenciones estatales, los partidos retornan a la

sociedad civil.

“La Teoría Pura de la República” de Antonio García-Trevijano es una obra que, sin ignorar

que está rodeada de polémicas y controversias, tiene el mérito de no solo haber criticado

con rigurosidad e ímpetu las contradicciones jurídicas, ontológicas, científicas, identitarias

y hasta existenciales de la forma de gobierno predominante en Europa, sino que también

propone una vía formal para que el Estado-Nación trascienda de sí mismo y evolucione

cualitativamente a un estadio superior de organización político-administrativa. Y más allá

de todo lo señalado, la obra de García-Trevijano expone también una gran debilidad de la

ciencia política, incluso en nuestros días: la dificultad para definir claramente al fenómeno

y la cosa en sí. Mientras que los científicos sociales estén al servicio de los intereses

políticos, económicos y religiosos, y no se sujeten a los hechos empíricos y verificables,

seguirá existiendo una limitación semántica en la politología. La ciencia no debe estar al

servicio de ideologías que sirven a élites.

Antonio García-Trevijano (2010, pp. 166–167): El peor
defecto de toda Constitución, incluso cuando no es tal
porque no separa en origen los poderes estatales,

consiste en que no sea practicable, que sea ficticia,
además de facticia. Y ninguna Constitución europea,
especialmente en los países mediterráneos, es aplicable
en la práctica política. El abismo entre norma y realidad
no permite hacer una teoría del Estado de Partidos, salvo
que sea puramente descriptiva de su ficción y de la causa
genética de su corrupción. Por eso no puede haber en
Europa más que demagogia, en lugar de democracia;
propaganda, en lugar de veracidad en el análisis político;
cinismo intelectual en universidades y medios de
comunicación, en lugar de investigación y descripción de
la realidad fáctica del Régimen partidocrático;
indiferencia de los gobernados en lugar de interés por lo
que les concierne; educación especializada en lugar de
instrucción general; difusión de conocimientos
tecnológicos en lugar de los científicos y humanistas;
cultura de consumo y de espectáculo, en lugar de cultivo
de la inteligencia, de los saberes y de la sensibilidad
estética.

Vea también: Antonio García Trevijano se auto-define como “repúblico”

Bibliografía:

García-Trevijano, A. (1 de junio de 2007). Repúblico [Mensaje en un blog]. Recuperado

de https://garciatrevijano.wordpress.com/2007/06/01/republico/

García-Trevijano, A. (2010). Teoría pura de la república. Madrid: El Buey Mudo.

Giménez, F. (2011). La teoría pura de la república. El Catoblepas, 118, 13. Recuperado

de www.nodulo.org/ec/2011/n118p13.htm

Rousseau, J. (2000). El origen de la desigualdad. México, D.F: Fondo de Cultura

Económica.

Spinoza, B. (2018). Tratado teológico-político. Madrid: Alianza Editorial.

Vicente Quintero Príncipe

Vicente Quintero es analista cultural y político. Licenciado en Estudios Liberales de la

Universidad Metropolitana de Caracas, con énfasis en la politología. También estudió,

durante 1 año, Lengua y Cultura Rusa en el Instituto de Estudios Internacionales ИМОП de

la Universidad Politécnica Estatal de San Petersburgo (Rusia). Cursa actualmente una

maestría en Gobierno y Políticas Públicas. También cursa estudios especializados de

Teología avalados por el Patriarcado de Moscú y de todas las Rusias, máximo representante

institucional de la Iglesia Ortodoxa en Rusia y su eje de influencia. En 2018, presentó la

obra de arte “Producto LGBT” en el Museo Nacional Alejandro Otero de Caracas, bajo

dirección de la Fundación Museos de Venezuela. Aprobada la mitad de los créditos en la

Licenciatura en Psicología de la Universidad Metropolitana de Caracas. Quintero ha sido

intérprete-traductor y asesor político de periodistas y empresarios extranjeros en

Venezuela.