1976-05-28.LAVOZDEGALICIA.CALVO ENCARCELADO.CONDENA DE CD

Publicado: 1976-05-28 · Medio: LAVOZDEGALICIA

Ver texto extraído
página 29sábado, 5 de junio de 1976 2 a 93o^ be (GaliciaLA PONENCIA HA MODIFICADO CASI TODOS LOS ARTICULOS DEL PROYECTO DE LEY DE ACTUACION ECONOMICA• En una disposición adicional establece que se prepare un proyecto de ley reguiadora de las sociedades de desarrollo regionalMADRID, 4. — La ponencia encargada de informar el pro­yecto de Ley de Actuación Eco­nómica ha introducido modifi­caciones en prácticamente to­dos los artículos del proyecto remitido por el Gobierno, se­gún el informe hecho público hoy.El artículo primero establece el mínimo exento del impues­to sobre el rendimiento del tra­bajo personar en 160.000 pese­tas para los contribuyentes y las bases imponibles de este impuesto no excedan las 300.000 pesetas ¡anuales.Cuando se trate de titulares de familias numerosas de pri­mera y segunda categoría, es­tas cifras se elevan a 250.000■ ó 400.000 pesetas, anuales, res­pectivamente. Estas reduccio­nes serán de 350.000 pesetas o de 500.0(0 cuando trabajen am­bos cónyuges.La ponencia ha modificado el artículo segundo, en el que el Gobierno proponía la ele­vación del diez por ciento de los tipos: de gravamen aplica­bles en los impuestos genera­les sobre sucesiones y trans­misiones patrimoniales y actos .■ jurídicos documentados en el . sentido de -contemplar en suinforme el tipo de gravamen aplicable a cada caso.El informe establece los ti­pos de imposición sobre las su­cesiones., las transmisiones pa­trimoniales y actos jurídicos documentados; en este sentido contempla transmisiones, dere­chos reales, sociedades, prés­tamos, fianzas, arrendamientos, pensiones, concesiones adminis­trativas, títulos y grandezas, condecoraciones, honores y le­tras de cambio.En el mismo sentido, el ar­tículo tercéro, en el que el Gobierno prononía una eleva­ción del' 20 por ciento en los tioos del impuesto de lujo y especiales, ha sido modificado por la ponencia, que ha pa­sado a establecer el tipo apli­cable nara cada caso porme­norizado.El artículo cuarto señala que las sociedades extranjeras sin establecimiento permanente en España que obtengan rentas en territorio nacional de bienes su­jetos a la contribución terri­torial rústica y pecuaria, o a la urbana, tributarán en el im­puesto sobre sociedades, así co­mo por las plusvalías obteni­das al enajenar dichos bienes.En virtud del artículo quin­tó se autoriza al Gobierno pa­ra proceder, por decreto, du­rante este año, a revisión de las tasas de tributos parafis­cales en vigor, cualquiera que sea su origen.PREVISION PARA INVERSIONESLos artículos sexto y sép­timo se refieren a la previsión para inversiones. Entre otras cosas, se establece que la do­tación a la previsión sobre in­versiones podrá alcanzar, en los casos que contempla el pro­yecto, hasta el 75 por ciento de los beneficios no distribui­dos.El artículo octavo se ocupa del apoyo fiscal a la inver­sión. En su apartado segundo se establece que las personas físicas sujetas a la cuota pro­porcional de la contribución te­rritorial rústica y pecuaria cuo­ta de beneficios del impuesto sobre actividades y beneficios comerciales e industriales y las entidades sujetas al im­puesto sobre sociedades, po­drán deducir, en concepto de apoyo fiscal a la inversión, de las cuotas de beneficios im­puestos, una cantidad igual al 7 por ciento de las inversiones que efectivamente realicen.El artículo noveno, sobre in­versiones agrarias, dispone que el Gobierno propiciará a tra­vés del IRYDA la iniciativa privada para ia conversión de terrenos de secano en regadío o para la mejora de éste. A tales efectos, el Gobierno re­mitirá a las Cortes, en el pla­zo de un mes, un proyecto de ley de concesión de un crédito extraordinario de cuatro mil millones de pesetas.En el artículo décimo se es­tablece la categoría de «vi­vienda social», que sustituirá a las calificadas como «del gru­po segundo». Dentro del tema de inversión en vivienda, los artículos once y doce se re- ' fieren a las actuaciones del Instituto Nacional de la Vi­vienda y a la posibilidad de que el Banco Hipotecario emi­ta cédulas para la financiación de viviendas, sociales. El ar­ticulo trece señala que el Ins­tituto Nacional de la Vivien­da podrá conceder subvencio­nes a la construcción de di­chas viviendas y el catorce autoriza a las Cajas de Aho­rros y la banca privada a conseguir fondos de caoitaliza- ción, integrados por las' apor­taciones de los adjudicatarios de las viviendas sociales.En cuanto a la inversión mo- biliaria, el artículo quince se ocupa de los clubs de inver­sión mobiliaria y el dieciséis deja sin efecto el tratamiento fiscal de las plusvalías en va­lores mobiliarios regulado por el artículo dieciséis, el decreto ley 12-1973. El artículo dieci­siete establece que la cuantía máxima de los patrimonios fa­miliares, mobiliario y agrícola, será de un millón de pesetas incrementado en cien mil pe­setas por cada hijo, con de­recho a la desgravación regu­lada en el artículo 36 del tex­to refundido de la ley sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas,DEFICIT EXTERIORLos artículos 18 y 19 se re­fieren a la corrección del dé­ficit exterior. En el primero de ellos se autoriza al minis­tro de Hacienda para regular la compensación en cinco años de las diferencias en los sal­dos de las cuentas de pasivo representativas de préstamos y créditos en moneda extranje­ra originada por los nuevos cambios de la peseta acorda­dos por el Banco dé España el 9 de febrero de este año.El articulo 19, único que no ha sido modificado por la po­nencia, autoriza al Gobierno para establecer dentro del coe­ficiente de inversión de la ban­ca porcentajes mínimos de efectos especiales asignados a finalidades de exportación.El artículo 20, en la redac­ción del Gobierno, establecía una subvención de diez mil mi­llones de pesetas para la es­tabilidad de precios de una relación de alimentos básicosque el Gobierno'determinaría.La redacción de la ponencia suprime la referencia a la ci­fra de diez mil millones de pesetas, dado que para la dis­posición de los fondos destina­dos a subvención será necesa­ria la remisión a las Cortes de un proyecto de ley de con­cesión de un crédito extraor­dinario. Asimismo, la ponencia ha sustituido el concepto «ali­mentos básicos» por el de «pro­ductos agrarios básicos».Por último, el artículo 21 dispone que a partir de la en­trada en vigor de esta ley no se aprobarán disposiciones con rango inferior al de ley que impliquen un aumento del gas­to público consultivo del Es­tado y de sus organismos au­tónomos en el ejercicio de 1976.OTRAS DISPOSICIONESLa disposición adicional pri­mera dispone que antes del primero de abril de 1977, el Gobierno presentará a las Cor­tes un proyecto de ley de re­forma tributaria. La segunda, establece que el Gobierno des­arrollará r e glamentariamente la presente ley, y la tercera, que esta ley entrará en vigor el mismo día de su publica­ción en el «Boletín Oficial del Estado».La ponencia ha introducido una disposición transitoria en la que se señala que en el plazo de seis meses, desde la i entrada en vigor de esta ley, en las letras de cambio y en los efectos timbrados satisfa­rá la. diferencia de gravamen que resulte de aolicar las nue­vas tarifas medíante la adhe­sión de los timbres móviles que correspondan.Se ha introducido también una disposición adiciona! nue­va en la que se dispone la remisión a las Cortes, por el Gobierno, de. un proyecto de ley por el que se regule el régimen de las sociedades del desarrollo regional.La única disposición final señala que quedan derogadas cuantas disoosiciones se opon­gan a lo disnuoefo en la pre­sente ley.—(CIFRA).Carta al Presidente AriasNueve dirigentes de la oposición solicitan el retorno legal de Santiago CarrilloMADRID, 4.— La, autoriza­ción para el retorno Lgaí a España de Santiago Carrillo, así como su residencia y par­ticipación en la vida política nacional, ha sido solicitada al presidente Caries Arias en una carta firmada por nueve diri­gentes políticos de la oposición.La carta, con facha de ayer, está firmada por Antonio Gar­cía 'Trevijano, Joaquín Ruiz- Giménez, Felipe González, Ra­món Tamames, Antón Cañellas, Jcrdi Pujol, ' Luis Larroque Allende, Enrique Tierno Gaiván ' y José María Gil Robles.Los firmantes dicen también que están en 'desacuerdo con las declaraciones hechas por el presidente Arias a un semar nario norteamericano sobre el caso de Santiago Carrillo. — (CIFRA).«Convergencia Democrática de Catalunya» condena el encarcefamfenfc de Calvo SererCalifica el hecho como culminación de una política contradictoria que no favorece el clima de marcha hacia la democracia«El referéndum que se prepara podría ser motivo de un peligroso enfrentamiento del Gobierno ~ y hasta incluso del Rey con la oposiciónBARCELONA, 4. - «Conver­gencia Democrática de Cata­lunya» se ratifica en su análi­sis de la realidad política y social del país que le lleva a creer que un gran bloque polí­tico de centro izquierda será el instrumento político y social que más podrá contribuir a la tarea de construir una Catalunya vá­lida para todos, en la justicia, la libertad y la eficacia», dice un documento que los máximos dirigentes del mencionado grupo socialdemócrata y nacionalista catalán han presentado hoy a los periodistas barceloneses.A preguntas de un redactor de «Europa Press», los señores Jordi Pujol y Miguel Roca i Junyent, han condenado dura­mente el encarcelamiento, hoy, de don Rafael Calvo Serer, he­cho que han calificado de cul­minación de una política con­tradictoria que no favorece de ninguna manera el clima de marcha hacia la democracia. Como exponente de esa políti­ca han resaltado también el que sé permitiera un acto como el celebrado por el «P.S.U. de Catalunya» en Tarrasa al 'mis­mo tiempo que se piden 18 años de cárcel para Simón Sánchez Montero. El Sr. Roca i Junyent ha añadido que «C.D.C.» abo­ga por el fin de los encarcela­mientos arbitrarios, como el del señor Calvo Serer.Los dirigentes de «Convergen­cia Democrática» han valorado positivamente el viaje del Rey a Estados Unidos al tiempo que ’ afirman que «el restablecimien­to de la democracia en España pasa, entre otras cosas, por el beneplácito norteamericano». Por lo que respecto al tema del «Consell de Forces Politiques» han hecho hincapié en que las partes implicadas en el conflic­to sobre el «Partit Socialista de Catalunya» deben encontrar rá­pidamente una solución, sea cual fuere, para que aquel or­ganismo no quede paralizado. En cualquier caso, han añadi­do, «C.D.C.» no votaría a favor de la expulsión del ex «Reagru- pament Socialista» por haber provocado tal conflicto con su cambio de nombre.EL DOCUMENTO DE «CONVERGENCIA DEMOCRATICA»El documento presentado ala Prensa examina los últimos acontecimientos políticos y so­ciales y analiza la situación y perspectivas, dentro de ese con­texto, del partido que preside el señor Jordi Pujol, entre otros, cabe destacar los siguientes pnutos:—«C.D.C.» está atravesando un período de crecimiento ace­lerado e implantación crecien­te.—La evolución política recien­te ha estado marcada por un cambio de ritmo de la política reformista del Gobierno y su compromiso público de observar un calendario,—Esta situación liga con las propuestas de reforma negocia­da —la del Gobierno— y de rup­tura pactada o de pacto por la ruptura —la de la oposición «C.D.» está en el campo ruptu- rista pero celebra que la idea de la negociación de la ruptura se haya .impuesto en el campo de la oposición.—De todo ello no debe de­ducirse que la oposición tenga que disminuir su presión y mo­vilización, sino todo lo contra­rio.—De cara a la estrategia rup- turista, «C.D.» ere que las elec­ciones podrán jugar un papel importante de movilización.—«C.D.C.» reclama nueva­mente la amnistía y protesta contra los malos tratos.—El referéndum que se pre­para para octubre podría ser motivo de un peligroso enfren­tamiento del Gobierno y hasta incluso del Rey con la oposi­ción. El referéndum sólo será aportación positiva si se inser­ta en un proceso que vaya a desembocar rápidamente en la implantación del sufragio uni­versal. En la participación de los partidos en el proceso elec­toral, en el establecimiento de la libertad sindical y en un nuevo tratamiento, fruto de su reconocimiento político del pro­blema de las nacionalidades.—«C.D.» ha reiterado duran­te estos últimos meses su firme adhesión al «Consell de Forces Politiques de Catalunya», y rea­firma que ve en la «Asambleá de Catalunya» el órgano prin­cipal de movilización política en Cataluña. — (EUROPA PRESS).